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Por - 01 de Marzo 2023
La Corte Constitucional no ha podido resolver una serie de tutelas relacionadas con la forma como son adjudicados los bienes baldíos en el país dejando en el limbo a sus propietarios.
La Corte Constitucional no ha podido resolver una serie de tutelas relacionadas con la forma como son adjudicados los bienes baldíos en el país dejando en el limbo a sus propietarios.
Para el viernes anterior se esperaba una decisión pero no se resolvió nada y se confía que esta semana quede resuelto el tema.
La decisión, que aún es objeto de discusión en el seno de la Corte, podría llevar a revocar varios fallos judiciales que permitieron la adjudicación de baldíos por prescripción a campesinos.
Los demandados son los Juzgados Promiscuo de Cocuy (Boyacá), Suesca (Cundinamarca) y San Miguel (Santander), entre otros, que permitieron la entrega de los bienes a campesinos. De acuerdo con la Constitución los bienes baldíos son del Estado y no pueden ser adquiridos por particulares.
Según un informe del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), por lo menos unas 200.000 hectáreas de bienes baldíos fueron adquiridas a través de prescripción y por lo general quedaron en manos de grandes propietarios. (Lea: Gobierno desconoce los terrenos baldíos existentes y que podría entregar en la reforma agraria)
Añade el documento, citado por Radio Nacional, que "es problemático que baldíos sean adquiridos por prescripción y no por adjudicación...en el proceso de prescripción, el juez se limita a comprobar si la persona ha poseído el bien por un cierto número de años y si es así le atribuye la propiedad, sin hacer ninguna otra verificación. Por prescripción, entonces, personas muy ricas pueden adquirir la propiedad sobre grandes extensiones y con impactos ambientales negativos".
Además, el problema para la Corte es que debe votar la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, que buscaría invalidar las posesiones de terrenos baldíos, otorgadas desde 1940.
De acuerdo con analistas, citados por Noticias RCN, de aprobarse podría derivar en una afectación jurídica que tendría efectos en propietarios de terrenos urbanos.
“Sería un elemento perturbador, que además atentaría en sí contra la propiedad privada”, dijo Hernando Herrera, director ejecutivo de la Corporación Excelencia en la Justicia. Es una sentencia que, de aprobarse, es calificada por algunos juristas de peligrosa, por lo que desde la Corporación le piden al magistrado ponente y presidente de la Corte actuar con rigurosidad, dejando de lado las especulaciones que califican que en Colombia existiría una fuga de baldíos o concentración de tierras.
Añadió Herrera que “si para validar esa determinación de la Corte Constitucional se señala que se trata de cumplir con uno de los puntos del acuerdo, quiere decir que los negociadores nos engañaron y que por la puerta de atrás metieron la posibilidad de que se genere expropiación”.
Esta decisión podría desconocer la historia de Colombia, pues en 1940, no habían instituciones como Notarias o registros para tener documentos oficiales de las propiedades, por lo que la gente colonizaba y explotaba la tierra, afirmó. (Lea: Baldíos, un enredo de marca mayor)
A su vez, Andrés Espinosa, analista de RCN Mundo, señaló que “en caso de que falle de forma adversa, la Corte Constitucional podría generar una inseguridad jurídica de proporciones mayúsculas. Entraría en un limbo jurídico. El país sería tomado por la inseguridad jurídica por esta determinación”.
Según la Agencia Nacional de Tierras, el 89.5 % de los bienes baldíos han sido adjudicados por jueces a campesinos, quienes viven en la ruralidad y que demostraron una posesión pacífica, lo que para la Corporación desvirtúa que la concentración de baldíos estaría en empresarios y agroindustriales.
“Por eso es importante, a la hora de determinar los efectos del fallo de la Corte, que no se vaya a quebrantar ese principio de seguridad jurídica en contra de ese campesinado”, concluyó Herrera.
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