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Incertidumbre de los carniceros por cuenta del Decreto 1500

Por - 28 de Febrero 2023

Una serie de expendedores de cárnicos dejaron ver su incertidumbre por cuenta de la normatividad y las exigencias que les harían a quienes se dedican a la venta de carne, ya que tendrían que implementar un cuarto frío entre otros elementos para continuar con su actividad.


Una serie de expendedores de cárnicos dejaron ver su incertidumbre por cuenta de la normatividad y las exigencias que les harían a quienes se dedican a la venta de carne, ya que tendrían que implementar un cuarto frío entre otros elementos para continuar con su actividad.   A pesar de la que los avances del Decreto 1500 de 2007 aún no han sido muy notorios, hay actores de la cadena de la carne que deben ir adelanto el cumplimiento de varios aspectos, pues de no hacerlo podrían ser sancionados o no tendrían la posibilidad de vender animales –en el caso de los productores– o no lograr su comercialización como podría ocurrirles a los expendedores. (Lea: Entra en vigencia el Decreto 1500, el más esperado por el sector)   Sin embargo, los comercializadores de carne de Tunja, tras una capacitación recibida en días pasados quedaron muy preocupados con los efectos de la normatividad, ya que de no cumplir con algunos requisitos por el Decreto, no podrían seguir comprando canales y despostarlas ellos mismos.   Oscar Cifuentes, pequeño expendedor de la materia prima, en diálogo con este medio, indicó que la información que les dieron durante la charla que recibieron decía que ellos podían comprar ganado y enviarlo a la planta de sacrificio para que sea faenado, como lo hacen actualmente. El cambio es que si no tienen cuarto frío no pueden recibir las canales ni hacer el despiece de la res en el expendio.   Eso significa que los pequeños comercializadores de cárnicos tendrían que implementar un sistema costoso, de lo contrario para vender la carne si sale de la planta empacada al vacío y llega al expendio en canastas, lo que generaría un mayor costo y ocasionaría menos ventas. (Lea: Caldas expide decreto de normalización de plantas de beneficio)   “Estamos preocupados porque nadie nos ha dicho nada a nosotros sobre ese tema. Ni las autoridades departamentales o municipales no se han acercado a capacitarnos ni menos sensibilizarnos sobre un tema que podría afectarnos seriamente”, reveló.   Ante la duda planteada por Cifuentes, el Decreto 1500 en su capítulo VI toca todo lo relacionado con los expendios y almacenamientos de carne, los cuales inicialmente deberán inscribirse ante la entidad territorial de salud por medio de formulario único de inscripción expedido por el Ministerio de Salud.   Posteriormente, los recintos que almacenen o expendan la proteína podrán hacerlo con aquellos productos que hayan sido marcados como “APROBADO” por la autoridad sanitaria para consumo humano y que provengan de plantas de beneficio autorizadas, lo cual deberá ser soportado mediante la documentación establecida en el reglamento respectivo. (Lea: Invima cerrará frigoríficos que no cumplan Decreto 1500 en 2016)   Y en su apartado número 4, asegura la normatividad deben contar con un sistema de refrigeración que garantice el mantenimiento de la temperatura reglamentada para los productos.   Así mismo deben cumplir todo lo relacionado los estándares de ejecución sanitaria, programas complementarios, así como los procedimientos operativos estandarizados de saneamiento.

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