¿Cómo fue la invasión a la finca Las Marías y por qué se logró el desalojo de los invasores?
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Por CONtexto ganadero - 11 de Diciembre 2024
En el cierre de las sesiones ordinarias del Congreso, la reglamentación de la jurisdicción agraria fue aprobada por las comisiones primeras y ahora solo le falta las plenarias.
Se acerca el final de la legislatura y el gobierno convocó a sesiones extraordinarias del 17 al 20 de diciembre para lograr la aprobación de algunas de sus reformas.
Una de esas reformas en las que logró un triunfo este martes fue la reglamentación de la jurisdicción agraria que fue aprobada en comisiones primeras conjuntas de Senado y Cámara, por lo que ahora solo le resta las plenarias para que sea una realidad, pese a las observaciones que desde diversos sectores se han hecho a dicha iniciativa.
Según el Ministerio de Agricultura, esta iniciativa del Gobierno nacional “es una herramienta para abordar los temas que afectan los derechos de tenencia, uso y propiedad de las tierras rurales, y aquellos relacionados con las relaciones de producción agraria”.
Este proyecto de ley define las competencias de los jueces agrarios que se encargarán de dirimir de manera rápida y sencilla las disputas agrarias. Por eso, desde los ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural, Justicia y del Derecho e Interior impulsaron y participaron de mesas de diálogo con expertos en derecho agrario, centros de pensamiento, académicos, y organizaciones campesinas y productivas y gremiales. “La suma de todas estas voces fue clave para construir su procedimiento y funcionamiento”, dijo el Ministerio en un comunicado.
La ministra Martha Carvajalino, declaró que “tenemos un proyecto de ley que da cuenta del momento histórico que este Congreso, que el Gobierno del Cambio y que el Estado en su conjunto debe afrontar. Seguir negando la justicia para el campo es seguir sometiéndonos al vaivén de la guerra. (…) Aquí está la posibilidad de que esta Colombia sea distinta, porque en las manos de lo que ustedes hicieron está la posibilidad de reencontrarnos en lo fundamental y hablar de una Colombia en paz, de una Colombia potencia agroalimentaria”. (Lea en CONtexto ganadero: Peligrosa Jurisdicción Agraria)
Por su parte, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, declaró que "con el logro de hoy, avanzamos hacia la creación de los primeros jueces especializados en conflictos agrarios y rurales. Garantizar los derechos del campesinado, las comunidades étnicas y las mujeres rurales es un compromiso clave del Acuerdo de Paz".
Entre tanto, la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, aseguró que “la importancia de la Jurisdicción Agraria es hacer realidad el marco de la Ley Estatutaria, que significa, también, poner a disposición de la comunidad campesina jueces agrarios, distribución de competencias y jurisdicciones que son muy importantes en los debates que han sido objeto de conflicto social en muchos de nuestros territorios”.
El proyecto de ley debe ahora hacer tránsito a plenarias de Cámara y Senado donde se espera su aprobación oportuna, con miras a que la Jurisdicción Agraria y Rural pueda entrar a funcionar en el primer semestre de 2025.
Desde Fedegán, su presidente, José Félix Lafaurie, ha planteado que principios, como el “bienestar y buen vivir” de comunidades campesinas, la justicia de género o el enfoque étnico, se materializan en condiciones insólitas en un proceso, como la “presunción de veracidad” y la “flexibilidad probatoria” para sujetos de especial protección.
“¿Por qué mezclar pobreza con veracidad?, ¿porque ser flexible con unos e inflexible con otros? Es necesaria la protección del más débil, pero limitada al acceso, la representación y el apoyo en trámites; pero una vez dentro del proceso, sencillamente, todos somos iguales ante la ley”, señaló el dirigente en una columna de opinión. (Lea en CONtexto ganadero: Propiedad rural en peligro por el proyecto de reglamentación de la jurisdicción agraria)
Además, reiteró que “el incumplimiento de la función ecológica de la tierra, como causal de extinción de dominio por una instancia administrativa, amenaza la propiedad privada en un país de autoridades ambientales dispersas y “autónomas”, y de impracticable legislación ambiental en extensos territorios tomados por la ilegalidad”.
Así mismo, hay factores más amenazantes: como la eliminación de la fase judicial en los asuntos agrarios del Procedimiento Único establecido en el Decreto Ley 902 de 2017, expedido en cumplimiento del acuerdo Final. El problema no es la fase judicial, sino la incapacidad técnica y operativa de la Agencia Nacional de Tierras. Es dejar al propietario a merced de una decisión administrativa y sin un recurso que, para extinción de dominio, seguirá protegiendo tierras dedicadas a cultivos ilícitos. Además, ha dicho Lafaurie, si las decisiones de cierre en temas de tierras son de la ANT, entonces, ¿para qué la jurisdicción agraria?
Otro factor es el desbordamiento de competencias de la jurisdicción, creada en el Acuerdo Final para temas de tierras, pero a la que se le endilgan competencias sobre todas las actividades agropecuarias y sus actividades conexas, incluidos temas de contratación.
Por su parte, el presidente de la SAC, Jorge Enrique Bedoya, envió una carta a los miembros de las comisiones primeras de Senado y Cámara, a nombre de todos los afiliados en la que identifica algunos aspectos que aún requieren ser revisados y ajustados, pues esta ley, de ser expedida, debe contener reglas claras y objetivas, que protejan los derechos fundamentales, den acceso a la justicia y amparen el debido proceso.
Señala que el gobierno insiste en la propuesta de derogar el Decreto Ley 902 de 2017, que estableció que son los jueces quienes deciden sobre los procesos agrarios, por lo que es fundamental que el Congreso de la República tenga en cuenta que la creación de la jurisdicción agraria debe acoger y cumplir los contenidos del Acuerdo Final donde se definió que serán obligatoriamente parámetros de interpretación y referente de desarrollo y validez de las normas y las leyes de implementación y desarrollo del Acuerdo Final, con sujeción a las disposiciones constitucionales. (Lea en CONtexto ganadero: Conozca los alcances y riesgos de la jurisdicción agraria que avanza en el Congreso)
Recuerda que las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final. Además, en reciente sentencia, la Corte Constitucional señaló que las modificaciones de las normas que desarrollan el Acuerdo Final ameritan mayor cautela en su control constitucional.
Asegura el dirigente que “la tarea del Congreso en el trámite legislativo de este proyecto de ley es sobre la justicia como pilar del Estado de Derecho, por eso reiteramos que el contenido de cada uno de los setenta y siete artículos, al ser parte de un proceso, se encuentran estrechamente relacionados; en consecuencia, su correcta redacción será un elemento fundamental para que la promesa de justicia en el campo pueda ser una realidad”.
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