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Foto: diarioriente.com - invima.gov.co - florencianos.com

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Así trabaja el Invima para certificar plantas y luchar contra el sacrificio clandestino

Por CONtexto ganadero - 18 de Septiembre 2020

Aunque las dificultades han sido numerosas y ahora más por la emergencia de la COVID-19, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) ha continuado con su esfuerzo para hacer cumplir las disposiciones sanitarias en los frigoríficos, con el fin de detener el degüello ilegal.


Entre sus tareas, la entidad es el responsable de la inspección, vigilancia y control de plantas de beneficio animal, desposte, desprese y acondicionadores de carne, bajo las disposiciones consignadas en el Decreto 1500 de 2007 y el más reciente 1975 de 2019.

De acuerdo con Julio César Aldana Bula, director del Invima, con corte al pasado 30 de junio, el 80,11 % de los establecimientos tenían Autorización Sanitaria Provisional conforme a esta normatividad. (Lea: ¿Cuántas plantas de sacrificio de bovinos están certificadas en 1500?)

Sin embargo, reconoció que la emergencia sanitaria ocasionada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, que sumió a Colombia en una cuarentena que se prolongó por cinco meses, obligó a suspender las visitas presenciales y, con ello, los procesos de certificación.

“(Se) afectó la continuidad para la emisión de Autorización Sanitaria Provisional, por lo que durante este periodo solamente se han ejecutado visitas en atención a denuncias y solicitudes de los usuarios”, declaró Aldana Bula para CONtexto ganadero.

Sin embargo, a pesar de este inconveniente, el funcionario aseguró que no se ha considerado una nueva ampliación en los plazos establecidos por el 1500 y el 1975 por parte del Gobierno Nacional, y que a la fecha se pretende cumplir con el cronograma establecido.

“Este tema deberá ser revisado por parte de las instancias pertinentes bajo las directrices de formulación de política que sobre el particular defina el Ministerio de Salud y las demás carteras involucradas con la operación de las plantas de beneficio”, afirmó.

Entre tanto, por parte del Invima se han realizado actividades de capacitación y asistencia técnica, dirigidas exclusivamente a las plantas de beneficio de autoconsumo con el fin de socializar e incentivar el cumplimiento de la reglamentación en estos establecimientos.

A comienzos de este año, el Invima elaboró un informe de la situación de las plantas en cada departamento que fue remitido a los gobernadores y donde se indicaba la necesidad de implementar medidas a nivel local para el cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1975.

Hasta la fecha, se han realizado 20 actividades de asistencia técnica durante el 2020, primero de manera presencial hasta marzo (antes de la pandemia) y, posteriormente, de forma virtual. (Lea: Socializan flexibilización a la norma que rige las plantas de beneficio animal)

Adicionalmente, en el mes de junio se realizó una capacitación virtual dirigida a representantes de plantas de beneficio de autoconsumo, con una asistencia de 369 personas, en la cual se aclararon dudas frente a la implementación del Decreto 1500 de 2007.

En todo caso, Aldana confirmó que actuarán según la reglamentación sanitaria vigente una vez termine el término definido en el 1975 para los establecimientos que no acrediten las condiciones sanitarias enmarcados en los decretos 1500 y 2270 de 2012.

Estos sitios serán objeto de las medidas de que tratan los artículos 576 y 577 de la Ley 9 de 1979, por lo cual no podrían continuar desarrollando actividades. Lo anterior, en el marco de lo establecido en las normas vigentes sobre la materia”, indicó.

¿Cómo procede en el cierre de un establecimiento?

Al momento de realizar el cierre al establecimiento, el Invima comunica el motivo del cierre a Policía Nacional, Personería, alcaldías, gobernaciones, ICA, entidades territoriales de salud, corporaciones ambientales, entre otras.

Con esto se busca que cada una realicen las seguimientos correspondientes de acuerdo a sus competencias y se tomen las medidas encaminadas al control de la ilegalidad. Cuando es el caso, se informa a la Dirección de Responsabilidad Sanitaria del Invima, con los respectivos soportes para iniciar los correspondientes procesos sancionatorios.

Actualmente, el instituto cuenta con un total de 206 médicos veterinarios, quienes, a través de la Dirección de Operaciones Sanitarias, son los encargados de realizar la inspección permanente en los establecimientos que procesan aproximadamente el 90 % de bovinos y porcinos de todo el país.

No obstante, dispone de un modelo de evaluación basado en el riesgo que permite identificar la prioridad y frecuencia para la ejecución de visitas en los establecimientos que no cuentan con inspección permanente, para minimizar posibles afectaciones o irregularidades que se puedan presentar.

Lucha contra el sacrificio clandestino

En materia de sacrificio clandestino, el Invima ha adoptado un plan de trabajo conforme a sus competencias y en articulación con otras autoridades competentes, con herramientas para control efectivo de lugares clandestinos e ilegales que se han acordado en diferentes circulares:

La Circular conjunta No. 2, suscrita entre el ICA y el Invima, establece la obligatoriedad de que los responsables de las plantas de beneficio realicen cierre de las Guías Sanitarias de Movilización Interna de animales (GSMI), para que haya un mayor control a la movilización.

Esto permite que se realice un seguimiento y los respectivos procesos sancionatorios contra los propietarios por parte del ICA, cuando los animales no lleguen a los establecimientos. (Lea: ¿Cómo incidirían los recortes del presupuesto del Invima al sector ganadero?)

La Circular externa conjunta No. 3, suscrita entre el Invima, ICA, la Dirección de Impuestos Nacionales (DIAN) y la Policía Nacional, regula el procedimiento para la incautación, aprehensión y decomiso directo, actividades de inspección, vigilancia y control a lo largo de la cadena agropecuaria, así como el decomiso y disposición final de animales, productos alimenticios de origen animal y productos vegetales frescos y semillas (sexual y asexual).

Esta norma da claridad a los funcionarios de las diferentes entidades de control, conforme a sus competencias, de las actividades a realizar ante el hallazgo de animales productos o subproductos que ingresan de manera ilegal al país.

La Circular conjunta No. 1000-121-20 del 12 de mayo de 2020, suscrita por la Policía Nacional, Invima e ICA, establece los lineamientos a los comités departamentales o regionales constituidos por la Resolución 3753 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la clandestinidad e ilegalidad en la cadena cárnica.

Allí también se consignan directrices interinstitucionales para la prevención y control de la ilegalidad a lo largo de la cadena cárnica, promoción de la formalidad y actividades a desarrollar por parte de las instituciones responsables de la inspección, vigilancia y control.

La Resolución 2019055962 de 2019 del Invima adopta la guía de transporte y destino de la carne y productos cárnicos comestibles provenientes de las plantas de beneficio, acondicionadores, distribuidores e importadores de carne y productos cárnicos comestibles, y todo vehículo que transporte estos insumos debe estar amparado con la guía.

Con estas herramientas, las entidades territoriales y la Policía Nacional cuentan con los soportes necesarios para ejercer actividades encaminadas al control de la ilegalidad. (Lea: Ningún establecimiento nuevo fue certificado por Decreto 1500 en los últimos dos meses)

El Invima continúa realizando actividades de articulación, capacitación y seguimiento con estas entidades, con el fin de que ejerzan en forma efectiva su labor, de acuerdo con sus competencias”, anotó Aldana Bula.

Se ha implementado una estrategia nacional denominada Mesas Departamentales para el Control de la Legalidad y Clandestinidad en la Cadena Cárnica, en la cual participan actores del nivel nacional y territorial, como los ministerios, secretarías de Salud, gobernaciones, alcaldías, corporaciones autónomas regionales, Procuraduría, Defensoría del Pueblo, entre otras, así como también los diferentes gremios.

“En el desarrollo de estas mesas se presenta la situación de las plantas de beneficio, se socializan las acciones contra la clandestinidad realizadas por la Policía Nacional, se explican los procedimientos diseñado por el Invima y CIIIP para la atención de denuncias sobre eventos de ilegalidad y clandestinidad y se analizan los factores y eventos de ilegalidad”, añadió.

En 2019, se realizaron mesas en Barranquilla, Bogotá, Cúcuta, Medellín y Villavicencio, mientras que este año se han convocado en Riohacha, Montería, Arauca y Valledupar. Recientemente y de manera virtual, se adelantaron estos ejercicios para los departamentos de Santander, Sucre y la zona del Eje Cafetero.

Adicionalmente, el Invima cuenta con el Grupo Unidad de Reacción Inmediata (GURI), creado en 2015, para la atención y tratamiento de denuncias que reporten actividades de ilegalidad y contrabando, con canales de atención presenciales y virtuales.

Aldana reveló que el Invima viene trabajando con el ICA para establecer un mecanismo más preciso de cuantificación de la cifra solicitada, con base en la información que se genera con el control las guías de movilización animal.

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