Hermes Solano, el juez que revoluciona la genética ganadera en Colombia
PorMelanny Orozco-24 de Marzo 2025
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Por - 01 de Marzo 2023
La Unión Europea es el mayor importador de alimentos en el mundo y sus lineamientos para importar carne están armonizados entre los estados miembros. Aunque Colombia firmó un TLC con la UE, aún no puede enviar carne u otros alimentos porque aún no ha realizado este procedimiento.
La Unión Europea es el mayor importador de alimentos en el mundo y sus lineamientos para importar carne están armonizados entre los estados miembros. Aunque Colombia firmó un TLC con la UE, aún no puede enviar carne u otros alimentos porque aún no ha realizado este procedimiento.
En nombre de todos los Estados miembros de la UE, la Comisión Europea (CE) es el único socio negociador para todos los países no pertenecientes a la UE en cuestiones relacionadas con las condiciones de importación de carne y productos cárnicos.
La entidad que establece las reglas de importación y los estándares de calidad e higiene es la Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria de la Comisión Europea. (Lea: Conozca la campaña en Europa que busca impulsar el consumo de carne bovina)
Este organismo reconoce las autoridades competentes del país no perteneciente a la UE que exporten carne y productos cárnicos frescos. Este reconocimiento formal es un requisito previo para que el país sea elegible y esté autorizado para exportar dichos productos a la UE.
Las autoridades deben garantizar inspecciones y controles creíbles a lo largo de la cadena de producción, que cubran todos los aspectos relevantes de higiene, salud animal y salud pública. (Lea: ¿Qué trae la nueva estrategia de la Comisión Europea para la ganadería?)
Todas las negociaciones bilaterales y otros diálogos pertinentes deben ser emprendidos por la autoridad nacional competente, en tanto que todas las demás partes interesadas y empresas privadas que deseen exportar a la UE deben ponerse en contacto con esta autoridad.
Elementos clave específicos
Para la carne y los productos cárnicos de todas las especies, los países de origen deben estar en una lista de países elegibles. Los principales criterios para que el país no perteneciente a la UE aparezca en la lista y, por lo tanto, sea elegible para exportar a la UE son:
De conformidad con el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), la CE proporciona asistencia técnica para ayudar a los países en desarrollo a crear la capacidad institucional para cumplir con las condiciones exigidas.
Además de los programas de desarrollo nacionales y regionales, se han establecido instalaciones horizontales específicas para mejorar la higiene, la seguridad y la salud animal en los países en desarrollo y brindar capacitación a los funcionarios gubernamentales de las autoridades de todo el mundo.
El proceso para adquirir la certificación
El proceso mediante el cual un país no perteneciente a la UE puede exportar carne y productos cárnicos a la UE es el siguiente: (Lea: Ganaderos de Francia, preocupados por importaciones de carne que traería acuerdo de UE y Mercosur)
La autoridad competente de un país no perteneciente a la UE debe presentar una solicitud por escrito a la Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria, que debe contener la confirmación de que la autoridad puede cumplir con todas las disposiciones legales.
La Dirección General envía a la autoridad competente un cuestionario general y / o específico del producto, que proporcionarán información sobre la legislación nacional pertinente sobre salud animal e higiene de los alimentos, estructura de las autoridades competentes, etc.
También debe presentarse a la Comisión un plan de control de residuos, que debería cubrir las especies de las que se prevé exportar a la UE. Si no lo aprueba, no se puede exportar independientemente del cumplimiento de otros requisitos de salud pública o de salud animal.
Tras la evaluación de la información facilitada, podrá llevarse a cabo una auditoría por parte de la Dirección de Análisis y Auditorías de la Alimentación y la Salud de la Comisión para evaluar la situación sobre el terreno.
Si los resultados de la evaluación / auditoría y las garantías dadas por el país exportador se consideran suficientes, la Dirección General propone la inclusión de ese país para ser autorizado. Paralelamente, elaborará una lista de establecimientos aprobados en el país.
A continuación, se debaten con representantes de todos los Estados miembros de la UE. Si los Estados miembros tienen una opinión favorable sobre la propuesta, la Comisión incluirá al país como las condiciones específicas de importación que se apliquen.
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