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Por - 19 de Mayo 2020
El Ministerio de Salud y Protección Social adoptó el protocolo de bioseguridad para el sector pecuario, en el que también se extienden orientaciones para actividades avícolas, porcícolas, equinas, acuícolas y pesqueras.
El Ministerio de Salud y Protección Social adoptó el protocolo de bioseguridad para el sector pecuario, en el que también se extienden orientaciones para actividades avícolas, porcícolas, equinas, acuícolas y pesqueras.
Por medio de la Resolución 0773 de mayo 14 de 2020 este Despacho promulgó las medidas de bioseguridad para el sector pecuario. De esta manera, las explotaciones avícolas, porcícolas, ganadera, equina, acuícolas, pesquero y los predios productores de pequeñas especies deben cumplir lo ya contemplado en la Resolución 666 de 2020, que establece entre sus indicaciones, el lavado de manos con agua, jabón y toallas desechables cada tres horas, así como antes y después de cada actividad. A su vez, el distanciamiento físico de mínimo 2 metros y el uso de tapabocas.
Medidas especiales para el sector
Estas medidas también deben ser aplicadas por los proveedores de insumos y recolectores de producción, como también ser tenidas en cuenta en transportes y por parte de los médicos veterinarios y zootecnistas que requieran visitar los predios o fincas de producción.
Consulte aquí la Resolución 0773 de mayo 14 de 2020.
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