Así se va a comportar el clima en diciembre: tres regiones de Colombia bajo alerta
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Por - 30 de Marzo 2020
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Decreto 465 de 2020 con el fin de atender las medidas para garantizar la prestación del servicio público de agua, vertimientos y disposición de residuos biológicos durante la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional frente al COVID 19.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Decreto 465 de 2020 con el fin de atender las medidas para garantizar la prestación del servicio público de agua, vertimientos y disposición de residuos biológicos durante la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional frente al COVID 19.
La Viceministra de Políticas y Normalización Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, María Claudia García, señaló que “hemos dispuesto como sector ambiental medidas para afrontar esta pandemia, que permitirán que entidades prestadoras del servicio público de acueducto y alcantarillado cuenten con el recurso hídrico necesario para satisfacer la demanda de los colombianos frente al lavado de manos, ropa, limpieza doméstica y desinfección de espacios comunales”. (Lea: “Pacto por la ganadería sostenible”, anunció Minambiente)
Así mismo, dijo, se prioriza el trámite de las solicitudes de concesión de aguas superficiales y subterráneas para garantizar el suministro de agua potable en distritos, municipios y a personas prestadoras del servicio de acueducto.
De esta manera, se permite tramitar de manera expedita la autorización con el objetivo de reducir los tiempos a una tercera parte y poder abarcar estas solicitudes eficientemente. Además, las concesiones próximas a vencer serán prorrogadas de forma automática por el tiempo que dure la emergencia sanitaria, si dicha licencia ya se venció se aplicará su trámite expedito.
Además, se podrán adelantar actividades de prospección y exploración de aguas subterráneas sin permiso, siempre y cuando se cuente con información geoeléctrica del lugar de influencia y el aval de la autoridad ambiental. (Lea: En el Día Mundial del Agua aprenda a conservarla en su predio)
El Decreto permite además que la Agencia de Desarrollo Rural autorice a los municipios a aprovechar el agua almacenada en los distritos de riego Ranchería, Triángulo del Tolima y Tesalia-Paicol, proyectos estratégicos que cuentan con un avance importante de ejecución.
Por otro lado, se prevé que se incremente en un 25 % el uso de agua durante la emergencia sanitaria, es así que se aumentarán las aguas residuales que se están vertiendo como resultado exitoso de la aplicación de las medidas establecidas.
Las facturas para el cobro de la tasa retributiva por vertimientos correspondiente al año 2019 podrán entregarse hasta cuatro meses después de finalizar la emergencia. (Lea: Agua de calidad mejora en 16 % el peso de novillas)
Actualmente, el país cuenta con 26 empresas con licencias para el traslado y disposición de residuos biológicos e infecciosos, que podrían ser insuficientes para la demanda en la atención médica por el COVID19, por lo tanto, se modificará la licencia ambiental de las empresas que gestionan residuos peligrosos para apoyar la recolección, el tratamiento y la disposición final de los residuos en los hospitales.
“Este es un marco jurídico excepcional, transitorio y temporal, que permite en el marco de una emergencia abordar situaciones con una base jurídica distinta para afrontar el riesgo a la salud humana. De esta manera, el Sistema Nacional Ambiental está contribuyendo a superar las condiciones difíciles por las que estamos pasando”, recordó la Viceministra.
En el contexto de la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional, el ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), aportará a La Guajira, en coordinación con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el abastecimiento de agua, a través de la autorización de un punto del distrito multipropósito del Río Ranchería, aguas debajo de la represa El Cercado. (Lea: Ministro de Agricultura responde a peticiones de ganaderos de La Guajira)
El titular de la cartera, Rodolfo Zea, indicó que “esta provisión de agua para comunidades de La Guajira tendrá un costo mínimo y será asumido por el Gobierno Nacional”.
Al respecto, la presidenta de la Agencia, Claudia Ortiz, explicó que esta es una decisión de trabajo interinstitucional, que beneficiará a más de cinco mil familias de la población rural y urbana de La Guajira, y es una medida procedente y solidaria con estas poblaciones, que el Gobierno del presidente, Iván Duque ha tomado para aliviar la situación que enfrentan los colombianos a causa del Covid-19.
Además, Ortiz aclaró que “para acceder a este recurso hídrico, con la autorización del uso por parte de Corpoguajira, los entes territoriales, es decir, la Gobernación de La Guajira y los municipios deberán solicitar a la ADR, la autorización respectiva para ingresar al distrito de riego”.
El recurso hídrico crudo servirá para el lavado de manos y enseres, en prevención y contención de la pandemia Covid-19.
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