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Prohibir la exportación de ganado en pie, un sinsentido

Por - 23 de Julio 2020

“Una posible prohibición de exportar ganado en pie no tiene sentido, pues es una actividad de gran trascendencia económica en el país. El Congreso debe considerar el esfuerzo del Gobierno y de Fedegán-FNG en la conquista de mercados”, dice exportador. Conozca los detalles del proyecto de ley que pretende prohibir la exportación de animales vivos.


“Una posible prohibición de exportar ganado en pie no tiene sentido, pues es una actividad de gran trascendencia económica en el país. El Congreso debe considerar el esfuerzo del Gobierno y de Fedegán-FNG en la conquista de mercados”, dice exportador. Conozca los detalles del proyecto de ley que pretende prohibir la exportación de animales vivos.

Un grupo de políticos han venido creando mala atmósfera en el negocio exportador de bovinos e incluso promueven diversas publicaciones, en donde lo califican como operaciones de la muerte. Ellos no reconocen los grandes esfuerzos en admisibilidad sanitaria que han realizado el gobierno y empresarios dedicados a la exportación de ganado en pie.

Así lo manifestó Miguel Dulcey, gerente de Expoganados Internacional, una de las empresas de mayor trayectoria en las operaciones de comercio exterior ganadero, quien afirmó que en su compañía es de vital trascendencia e importancia la aplicación de la regulación sobre el adecuado manejo de bienestar animal.

Agregó que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, y la permanente gestión de la Federación Colombiana de Ganaderos, Fedegán, con el Fondo Nacional del Ganado, FNG, igualmente impregnan con sus esfuerzos dicha actividad para exportar animales de óptima calidad.

Este renglón de la economía ganadera ha tenido una evolución permanente, particularmente en los últimos 3 años en los que las exportaciones aumentan de manera muy dinámica.

Para el ejecutivo, este grupo y su proyecto de ley que cursa en la Cámara de Representantes y que busca la prohibición de la exportación de ganado en pie, no tiene sentido. Considera que la información que lo soporta es insuficiente y no demuestra lo que quieren dar a entender a la opinión pública. Además, no conocen la realidad de lo que pasa en los barcos que zarpan desde Colombia.

Enfatizó que son operaciones que se realizan con el debido cumplimiento de los requisitos sanitarios y de bienestar animal.

“Son operaciones de comercio internacional que se realizan en todo el mundo. La exportación de ganado vivo la realizan en Australia, Europa, Italia, Brasil, Uruguay y muchos más países, y lo hacen de la misma manera que se efectúa en Colombia, con el debido cumplimiento de los requisitos sanitarios y de bienestar animal”. (Lea: Prohibir la exportación de ganado en pie es hacerle grave daño al país y a la ganadería)

No cree que el gobierno adopte, en plena pandemia, una decisión de esta naturaleza ya que dicha actividad genera mucho empleo y con ella se beneficia la totalidad de los 600.000 productores, en especial, los pequeños y medianos ganaderos que conforman el sector pecuario bovino del país.

¿Qué contiene el proyecto?

El proyecto de ley Lue radicado en la Cámara de Representantes el pasado 20 de julio. Así lo indica un trino de la concejal animalista de Bogotá, Andrea Padilla Villarraga, en donde pregona “No más barcos de la muerte”.

Este es el segundo intento de promoverlo por la vía legislativa, pues en la web de la Cámara de Representantes figura en proceso otro proyecto bajo el número 274/2019C que fue radicado el 15 de octubre de 2019 y publicado en la Gaceta oficial 1043 de 2019.

El ponente del mismo es el representante del Valle del Cauca, Oswaldo Arcos Benavides, quien es igualmente el ponente del radicado en el año 2019.

El proyecto recientemente radicado contiene 5 artículos y en el primero se refiere a “erradicar el sufrimiento extremo e innecesario producido a los animales que son transportados y exportados en pie por vía marítima con fines de consumo”.

En la justificación el proyecto aclara que la exportación marítima de animales en pie no representa un ingreso vital, ni siquiera significativo, para la economía colombiana. Por el contrario, la exportación de carne refrigerada o congelada produce mayores ingresos que la venta de animales vivos; al igual que la de leche en polvo.

El segundo artículo señala la fecha de entrada en vigencia: “Prohibir a partir del 1 de enero de 2024 la exportación marítima de animales en pie de cualquier especie con fines de consumo. La prohibición incluye la exportación para reproducción, cría, levante, producción, engorde y/o sacrificio con fines de consumo”.

El tercer artículo se refiere a que mientras entra en vigencia la prohibición las empresas navieras o exportadoras de animales en pie usados para producción y sacrificio, deberán cumplir 3 elementos:

a) Las recomendaciones de la Organización Mundial para la Sanidad Animal (OIE) en lo referente al transporte de animales por vía marítima (capítulo 7.2 del Código Sanitario para Animales Terrestres).

b) Las reglamentaciones de la Organización Marítima Internacional (OMI) y su Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL).

c) La ley 1774 de 2016 de protección animal. (Lea: “Condiciones de ganados transportados en barco son óptimas”: Expoganados).

Igualmente anuncia que las empresas exportadoras o navieras deberán contar con un certificado de sanidad y bienestar animal expedido por el ICA. (Lea: Fedegán rechaza proyecto de ley que busca acabar exportación de ganado en pie)

El artículo 4 menciona las sanciones y la suspensión inmediata del permiso para exportar animales vivos por vía marítima durante un plazo de 6 meses, sin perjuicio de las sanciones a las que haya lugar por crueldad o maltrato animal (Ley 1774 de 2016).

Los argumentos

La exposición de motivos tiene igualmente 5 componentes.

Reconoce que la exportación marítima de animales en pie es una actividad legal en Colombia, pero argumenta que sus características vulneran los criterios del bienestar animal, y que no es una actividad imprescindible para la ganadería dado que Colombia también exporta carne refrigerada y productos derivados de la explotación animal.

Afirma que ninguna de las cinco libertades de bienestar animal se puede cumplir ni garantizar mínimamente durante los largos viajes, de entre 25 y 30 días, a los que son sometidos los animales.

Describe 8 causas que originan lo anterior: barcos viejos que causan heridas a los animales; chaqueta fecal; muerte por hambre y deshidratación; enfermedades por hacinamiento, desnutrición, deshidratación, estrés y distrés -alteración de la homeostasis fisiológica y psicológica- y cambios de temperatura; la inexistencia de supervisión y de veterinarios; no aplicación del Código sanitario de la OIE; el sacrificio en los países importadores y tormentas, mar picado y problemas mecánicos de los barcos (hundimientos e incendios en los mismos).

Sin embargo, el proyecto no aporta pruebas concretas de las anteriores afirmaciones para el caso colombiano. Sólo incluye fotografías que muestran el mal estado de bovinos y ovejas sustraída de un informe de Australia que data sobre el tema (Live Sheep Export to the Middle East. Breaches of Australian and international standards. Animals Australia, 2018), y de las organizaciones AnimaNaturalis y Animals International.

El proyecto recoge de estas informaciones, la argumentación sobre contravenciones a normas relacionadas en el marco jurídico colombiano.

La traducción libre del título de este informe es: Exportación de ovejas vivas a Oriente Medio. Incumplimiento de las normas australianas e internacionales.

También basan la exposición de motivos en la experiencia de Lynn Simpson, veterinaria australiana, quien trabajó en barcos de exportación de ganado en pie durante más de una década y mostró videos al mundo sobre esta actividad

En el proyecto se afirma que “Colombia ignora sistemáticamente las recomendaciones que ha hecho la OIE en su Código Sanitario para Animales Terrestres, y que los exportadores son responsables de la organización, ejecución y conclusión del viaje, independientemente de que se subcontraten tareas a terceros durante el transporte”, que contrario a ello, tan pronto los animales salen del puerto de Cartagena en Colombia, las empresas exportadoras o navieras se “libran” de sus responsabilidades. Ni siquiera hay control o supervisión dentro de las aguas territoriales colombianas.

Plantea que Colombia con dicha actividad está incurriendo en el incumplimiento de aspectos no económicos y de moral pública establecidos en el Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés).

Finaliza explicando que la prohibición de la actividad no generará impactos fiscales en el país.

Consulte el proyecto de Ley aquí.

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