Policía capturó al jefe financiero del ELN en Catatumbo
PorJosé D. Pacheco Martínez-24 de Abril 2025
Cargando...
Por - 03 de Noviembre 2016
Serias coincidencias en el proyecto de acto legislativo que propone un reconocimiento al campesinado y los acuerdos de paz de La Habana, que no fue aceptado en el plebiscito del 2 de octubre, fueron dejados en evidencia por el senador José Obdulio Gaviria.
Serias coincidencias en el proyecto de acto legislativo que propone un reconocimiento al campesinado y los acuerdos de paz de La Habana, que no fue aceptado en el plebiscito del 2 de octubre, fueron dejados en evidencia por el senador José Obdulio Gaviria. El miembro del Centro Democrático radicó una constancia en la Comisión Primera sobre las falencias que se evidencian en la iniciativa. En su constancia, el senador Gaviria explicó que los propósitos del acto legislativo ya se encuentran reglamentados en la Constitución y la Ley y no se requiere de una enmienda a la Carta Política para otorgar los derechos que tienen quienes se dedican al sector rural en Colombia y reflexionó sobre la inconveniencia del proyecto de reforma constitucional que fue aprobado, en primer debate, por la Comisión Primera del Senado. (Lea en este enlace la constancia completa presentada por el senador) Al hacer referencia al tema de la tierra y distribución de la misma, el congresista dijo que “existen leyes que reglamentan el tema, como la Ley 160 de 1994” que se refiere al sistema nacional de Reforma Agraria, por lo que consideró que “no se requiere modificar la Constitución cuando de manera reglamentaria existe una ley que fija los parámetros de redistribución de tierras”. Con base en esto, advirtió que “se observa que lo que pretende el autor es hacer un acercamiento a lo planteado en el Acuerdo de Paz, ignorando las normas que hoy en día desarrollan el tema”. Recordó que el acuerdo, “no aceptado por el pueblo colombiano” reza: “1. Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral: (…) Que una verdadera transformación estructural del campo requiere adoptar medidas para promover el uso adecuado de la tierra de acuerdo con su vocación y estimular la formalización, restitución y distribución equitativa de la misma, garantizando el acceso progresivo a la propiedad rural de quienes habitan el campo y en particular a las mujeres rurales y la población más vulnerable, regularizando y democratizando la propiedad y promoviendo la desconcentración de la tierra, en cumplimiento de su función social.” (Lea: El conflicto armado de Colombia en 5 claves) Teniendo en cuenta lo anterior, añadió: “El proyecto no fija cuáles son las tierras a las que podrían tener acceso los campesinos en forma individual o asociada, pero es necesario recordar que la Ley 160 de 1994 lo desarrolla mediante la Agencia de Desarrollo Rural que tiene la competencia para hacerlo”. En su constancia se remitió nuevamente a los acuerdos de La Habana y aseguró que en este “se fija las siguientes formas o fuentes para redistribuir la tierra: Tierras provenientes de la extinción judicial de dominio a favor de la Nación; Tierras recuperadas a favor de la Nación; Tierras provenientes de la actualización, delimitación y fortalecimiento de la Reserva Forestal, con destino a los beneficiarios y beneficiarias del Fondo de Tierras; Tierras inexplotadas; Tierras adquiridas o expropiadas por motivos de interés social o de utilidad pública, adquiridas para promover el acceso a la propiedad rural, con la correspondiente indemnización; Tierras donadas”. Ante esto dijo que lo que pretende el acto legislativo es entregar tierra al campesino que no la tenga, lo que claramente es manejado en los acuerdos de La Habana como la “democratización del acceso y uso adecuado de la tierra”. (Lea: "Ley de Restitución está dejando a campesinos en la calle": Cabal) “Ignoran los autores que el Estado ha venido trabajando de diferentes maneras en la reglamentación para la protección y goce de ese derecho, es decir, usando las palabras del llamado ‘Acuerdo Final’, para que se haga realidad la existencia de ‘mecanismos y garantías que permitan que el mayor número posible de hombres y mujeres habitantes del campo sin tierra o con tierra insuficiente puedan acceder a ella y que incentiven el uso adecuado de la tierra con criterios de sostenibilidad ambiental, de vocación del suelo, de ordenamiento territorial y de participación de las comunidades", reiteró.
Noticias Relacionadas
PorJosé D. Pacheco Martínez-24 de Abril 2025
PorMelanny Orozco-22 de Abril 2025
PorMelanny Orozco-21 de Abril 2025
PorNeife Castro-20 de Abril 2025
PorMelanny Orozco-19 de Abril 2025
PorAngie Barbosa-18 de Abril 2025
PorNeife Castro-15 de Abril 2025
PorMelanny Orozco-24 de Marzo 2025
PorAngie Barbosa-23 de Marzo 2025
PorMelanny Orozco-21 de Marzo 2025
PorMelanny Orozco-20 de Marzo 2025
PorJosé D. Pacheco Martínez-20 de Marzo 2025