Argumenta que la exclusión de beneficios judiciales y administrativos para la los autores del delito de abigeato, resultan altamente inconvenientes porque se incrementan los factores que están generando la persistente violación de los derechos humanos a las personas privadas de libertad. Después de lo que se creía que era una excelente noticia para los productores ganaderos que están siendo asediados constantemente por el robo de sus ganados y propiedades, en razón a que sólo le faltaba la firma del presidente Juan Manuel Santos, luego de haberse aprobado en el Congreso el texto conciliado del proyecto de ley que endurecía las penas para el abigeato, en un trámite que duró cerca de dos años, el Gobierno decidió objetar dicha iniciativa legislativa que fue presentada por la senadora Nohora Tovar Rey del Centro Democrático. (Lea: Proyecto de Ley sobre abigeato pasa a sanción presidencial) Este proyecto de ley, que está siendo esperado por los ganaderos para contener el abigeato que se ha disparado no sólo en número de casos sino en cantidad de bovinos hurtados que afectan el patrimonio de los productores, le da una nueva redacción al artículo 243 de la Ley 599 de 2000 que crea los tipos penales de abigeato y abigeato agravado. (Lea: Ganaderos celebran aprobación de ley que aumenta penas por abigeato) El Gobierno considera que el proyecto de ley modifica algunos artículos del código penal y el código de procedimiento legal para darle autonomía al delito de abigeato, y convertirlo en delito agravado. Argumenta que la eliminación de la detención domiciliaria, la suspensión condicional de la ejecución de la pena, la prisión domiciliaria y los demás beneficios judiciales y administrativos, para los autores del delito de abigeato –aprobados por el Congreso–, resultan altamente inconvenientes porque se incrementan los factores que están generando la persistente violación de los derechos humanos a las personas privadas de libertad. La Presidencia considera que la exclusión de beneficios para algunos autores de delitos debe operar para autores de delitos más graves, como el genocidio, la desaparición forzada o los crímenes de acuerdo al derecho internacional. Indica, finalmente, que la exclusión de beneficios señalados en el proyecto de ley tiene poco impacto en la población carcelaria en razón a los indicadores actuales de personas privadas de la libertad por el delito de abigeato.