La Comisión Séptima discutirá 3 versiones de reforma laboral: una ponencia mayoritaria, firmada por 6 de 9 ponentes; una negativa, firmada por 2; y finalmente, una alternativa firmada por 1.
Esta situación muestra el complejo panorama que espera se tenga en discusión de esta iniciativa que afectará a la gran mayoría de los trabajadores en Colombia. ¿Hacía adónde se inclina el fiel de la reforma laboral: dinámicas políticas o asuntos técnicos?
La firma de abogados GDP Asuntos Públicos & Legales hizo un análisis del proyecto del gobierno donde indica que la ponencia acentúa el distanciamiento entre lo técnico y lo político. Mientras el Banco de la República, Fedesarrollo y otros centros de pensamiento, estiman que la reforma impactará negativamente en el empleo y en la formalización. La ponencia parece responder más dinámicas políticas que al llamado de los técnicos.
De otra parte, la Comisión Séptima solo ha hecho una audiencia pública, de la que acogió pocos de los componentes que se plantearon, por lo que parece que será una discusión sin abrir para la ciudadanía.
Es probable que el gobierno logre una mayoría similar en el debate, sin embargo, es mucho más compleja en la plenaria, por lo que solo funciona para este debate. (Lea: "La reforma laboral para el campo se puede volver una pesadilla")
Dados los tiempos que establece el reglamento del Congreso y las dinámicas de las elecciones regionales, es poco probable que se apruebe en los 4 debates que requiere para convertirse en Ley antes del primer semestre del año
De los 9 ponentes de la reforma, el Gobierno consiguió el apoyo de 5, incluyendo a Alexander Quevedo del Partido Conservador, consolidando una mayoría. A raíz de lo anterior, es previsible que cuando la Comisión estudie las ponencias, aquella del Gobierno logre un respaldo mayoritario. Inclusive, tendría una mayoría superior a los 11 votos requeridos para aprobarla en primer debate.
Tipos de contratación
En cuanto a los ajustes entre el texto original y el de la ponencia, la firma destaca que por ejemplo se elimina la obligación de que los contratos a término fijo o por obra o labor, solo atiendan tareas de naturaleza temporal; también se elimina la obligación de la Inspección laboral de velar por la estabilidad laboral y se amplía la vigencia del contrato a término indefinido a 3 años (como el actual).
Disminuye la indemnización por despido injustificado en contratos a término indefinido y crea una fórmula progresiva según el tiempo laborado. Se reduce a 35 días si el trabajador lleva más de 1 año. Si lleva entre 1 y 5 años, la reduce de 45 a 15 días por año a 15 días adicionales, por cada año trabajado. Si el trabajador lleva entre 5 y 10 años, lo establece en 30 días por año y finalmente, si lleva más de 10 años, 60 días por año. Mantiene los valores de indemnización en contratos a término fijo y por obra o labor en 45 días.
Refuerza el fuero sindical para todos los directivos sindicales y hasta por 6 meses más. Unifica los fueros de salud y discapacidad en una sola definición de fuero de estabilidad ocupacional reforzada y crea un fuero circunstancial para beneficiarios de procesos de negociación colectiva. (Lea: Comerciantes harían ajustes a la nómina por reforma laboral)
Otro cambio que se considera sustancial es el de la expresión "recargos dominicales" por "**recargos días de descanso obligatorio"**. También establece gradualidad en su aplicación que sería de 80 % a julio de 2024, 90 % a julio de 2025 y 100 % a partir de julio 2026.
Un cambio más que tuvo la ponencia es el relativo a los trabajadores de plataformas que indica que podrán acordar con la empresa contratos de trabajo especiales o alternativos, con derechos y garantías de trabajadores dependientes, según la reglamentación del Ministerio del Trabajo.
La licencia de paternidad fue otro de los ajustes porque originalmente la ampliaba a 12 semanas, pero en el ajuste quedó que se establece un periodo de transitoriedad, indicando que aumentará 6 semanas en 2023, 8 semanas desde 2024, 10 semanas desde 2025 y 12 semanas a partir de 2026.
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