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Jose Felix Lafaurie Rivera

Foto: Fedegán FNG

politica

Estas son las 3 amenazas a la propiedad privada de la tierra y a la seguridad jurídica de la economía rural denunciadas por Lafaurie

por: CONtexto ganadero- 31 de Diciembre 1969

Lafaurie Rivera lanzó esta sentencia: Con la jurisdicción agraria, el Acuerdo de Escazú, y el reconocimiento de la CRIC como Autoridad Territorial Económica y Ambiental, la propiedad privada de la tierra está amenazada

En su más reciente columna de opinión (La tierra otra vez amenazada), José Félix Lafaurie Rivera, presidente ejecutivo de Fedegán denunció que actualmente son tres las amenazas a la propiedad privada de la tierra y a la seguridad jurídica de la economía rural Se refería a la Jurisdicción Agraria, al Acuerdo de Escazú y a la expedición del Decreto 1094 del 28 de agosto de 2024 o Decreto ATEA podrían ser el “semillero de nuevas discordias”..

Recalcó que esas amenazas se dan en un entorno de violencia, en donde crecen los cultivos de coca, ataques a la Fuerza Pública, el estallido de los oleoductos, la extorsión, el secuestro, el reclutamiento de menores y el sufrimiento de comunidades en medio de la lucha encarnizada de los grupos narcoterroristas por el control territorial.


1. La Jurisdicción Agraria


Como si fueran pocos los problemas del campo -enfatizó Lafaurie-, el gobierno decidió crear más conflictividad y sembrar incertidumbre con el proyecto de ley que presentó al Congreso sobre Jurisdicción Agraria, que, en su concepto, es una amenaza a la propiedad privada de la tierra y a la seguridad jurídica de la economía rural.

“No es una amenaza nueva. Hace un año, en la ley del Plan, el Gobierno metió un mico dizque para ‘facilitar y dinamizar los procesos de compra de tierras por oferta voluntaria’, que era realmente una presión extorsiva para obligar al propietario a vender bajo la amenaza de extinción de dominio por incumplimiento de la función ecológica, eliminando garantías procesales, endureciendo los términos y entregándole la competencia decisoria a la Agencia Nacional de Tierras sin la intervención de un juez”, agregó en su columna semanal.

Recordó que la Corte Constitucional declaró inexequible ese intento, pero el Gobierno lo resucitó en la jurisdicción agraria, al establecer que los procesos de que trata la Ley 160/94, entre ellos la expropiación administrativa con indemnización y la extinción de dominio sin ella, serán resueltos por la ANT mediante acto administrativo y con el único recurso de la acción de nulidad, “con lo cual el proyecto deroga de un tajo el Capítulo 3 del Decreto Ley 902/17, sobre la Fase Judicial del Proceso Único que protegía al propietario frente a una decisión sumaria y administrativa”.

La Jurisdicción Agraria, que es un compromiso del Acuerdo con las Farc para proteger al campesino en los conflictos de tierras, literalmente “se brincó la cerca” y pretende darles a los jueces agrarios competencia sobre “las actividades de producción agropecuaria, forestal, pesquera y de las conexas de transformación y enajenación de productos agrarios”.

Esto, según el criterio del presidente ejecutivo de Fedegán, arrebata competencias a otros jueces y vuelca sobre unos omnipotentes jueces agrarios toda la actividad económica agropecuaria del país.

Lafaurie Rivera alertó que quizás sean más peligrosas las amenazas ocultas en los principios y los enfoques del proyecto en los artículos 5 y 6, vagos e ideologizados, induciendo a los jueces a la aplicación de criterios subjetivos, como “el buen vivir”, por encima del rigor jurídico; a la primacía de la justicia material sobre la justicia formal y al excesivo garantismo en beneficio de los sujetos protegidos, que tiene su máxima expresión en la presunción de veracidad de sus afirmaciones, lo cual viola el principio de igualdad ante la ley y el derecho a la defensa de quien no goza de la misma presunción.


2. La ratificación del Acuerdo de Escazú


El alto ejecutivo mencionó en su columna de opinión, que la reciente ratificación del Acuerdo de Escazú por parte de la Corte Constitucional permitirá, entre otras cosas, imponer medidas cautelares sobre la tierra en procesos ambientales.


3. El reconocimiento del CRIC como Autoridad Territorial Económica y Ambiental

El Decreto 1094 del 28 de agosto de 2024 reconoce a los pueblos del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) como Autoridad Territorial Económica y Ambiental (Decreto ATEA)**, no solo en sus tierras, sino en las que pretenden como suyas, es decir, todo o gran parte de los departamentos de Cauca y el Valle del Cauca.

Finalmente, Lafaurie Rivera lanzó esta sentencia: “desde varios frentes, la propiedad privada de la tierra está amenazada”.