El presidente Gustavo Petro decretó la emergencia social, económica y ambiental en La Guajira que le permite tomar medidas y celebrar contratos sin tantos requisitos.
El decreto permitirá expedir las medidas necesarias para mitigar la crisis que se ha generado en ese departamento por varios problemas como el Fenómeno de El Niño, la desnutrición, las deficiencias en el sistema de salud y otras situaciones.
Señala la norma que “para garantizar que los procesos de contratación se puedan desarrollar de manera eficiente, atendiendo la urgencia acorde con los hechos que motivan la declaratoria de emergencia, se requiere que las entidades estatales del orden nacional y territorial puedan acudir a la modalidad de contratación directa, siguiendo los principios de transparencia y legalidad cuando ello sea necesario para enfrentar la crisis y evitar la extensión de sus efectos”.
Añade que “es necesario adoptar medidas para garantizar la celebración de convenios y contratos interadministrativos, sin las restricciones contractuales previstas en el inciso primero del parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, durante el tiempo que dure esta declaratoria de emergencia”. (Lea: Ganaderos de La Guajira siguen esperando soluciones)
Esto hace referencia precisamente a la ley de garantías electorales que para este caso no aplicaría y le permitiría al gobierno contratar directamente para ejecutar proyectos mientras que por el tema de elecciones ningún gobernante regional lo puede hacer.
Modificar los presupuestos
Así mismo se indica que el Gobierno nacional “adoptará mediante decretos legislativos, además de las medidas anunciadas en la parte considerativa de este decreto, todas aquellas medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la propagación de sus efectos. Así mismo dispondrá las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo”.
Igualmente señala que “se requieren medidas extraordinarias que permitan flexibilizar los requisitos y condiciones de la contratación de las entidades del sector agropecuario cuando se trate de convenios o contratos con personas naturales, entidades sin ánimo de lucro, Cabildos Indígenas, Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas y Consejos Comunitarios de las comunidades negras”.
En otro de los apartes se aprovecha la emergencia económica para adelantar la reforma agraria en el departamento y por eso indica que “se requiere adoptar medidas excepcionales para el departamento de La Guajira que permitan: …la titulación de tierras; la adjudicación comunitaria o asociativa e implementación temprana de programas a cargo de la Agencia de Desarrollo Rural en materia de acompañamiento, fortalecimiento asociativo, industrialización, desarrollo y comercialización agropecuarios; la adquisición de tierras a través de mecanismos excepcionales; el establecimiento de restricciones para la adquisición de la tierra fértil para la producción de alimentos; y la implementación de la reforma rural integral”.
En el tema de salud plantea que “se requieren medidas legislativas para reorganizar la estructura y funcionamiento del sistema de salud en La Guajira, en lo relacionado con la gobernanza y rectoría, el financiamiento, la administración y el flujo de recursos, con un modelo de salud propio e intercultural construido en' acuerdo con las Autoridades Tradicionales Indígenas del pueblo Wayuu y de los demás pueblos indígenas, que permita la alineación de todos los actores del sistema de salud, garantice la atención en salud con cobertura territorialízada, universal, sistemática, permanente y resolutiva, elimine barreras de acceso sociales, geográficas, económicas, culturales, asistenciales y administrativas en salud y garantice el goce del derecho fundamental a la salud a la población del departamento”. (Lea: Tres peticiones de La Guajira al Ministerio de Agricultura)
Esto también hace parte de la reforma a la salud que presentó el gobierno por lo que aquí se aprovecha la emergencia económica para empezar a implementarla, aunque todavía se está discutiendo en el Congreso.
Respecto a agua y saneamiento básico, el decreto manifiesta que “las entidades nacionales podrán establecer condiciones y requisitos diferenciales para la aprobación y ejecución de proyectos de rehabilitación o construcción de sistemas en materia de agua y saneamiento básico presentados por entes territoriales que soliciten apoyo financiero de la nación o que las entidades nacionales determinen ejecutar directamente, para lo cual las entidades competentes deberán habilitar de manera inmediata los mecanismos necesarios en términos prediales, ambientales, autorizaciones o cualquier trámite o permiso requerido para las intervenciones que garanticen el derecho al acceso al agua para consumo humano”.