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Foto: CONtexto Ganadero.

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El abigeato será delito autónomo en la justicia colombiana

por: - 31 de Diciembre 1969

El proyecto de Ley, que ya fue aprobado en plenaria del Senado, tipificará el abigeato y el abigeato agravado –como sucede con el hurto y el hurto agravado–, e impondrá penas de prisión de 48 a 96 meses.

El proyecto de Ley, que ya fue aprobado en plenaria del Senado, tipificará el abigeato y el abigeato agravado –como sucede con el hurto y el hurto agravado–, e impondrá penas de prisión de 48 a 96 meses.   Actualmente hace curso en el Congreso de la República un proyecto de ley, con ponencia del Representante Santiago Valencia de la Comisión Primera de la Cámara, que busca crear dos tipos penales de abigeato y abigeato agravado.   El proyecto de ley en el Congreso de la República es el No. 324 de Cámara y el 92 de 2016 de Senado.   Con este instrumento, el legislador pretende convertir el abigeato en nuevo tipo penal autónomo con agravantes y atenuantes que permitan eliminar las distintas interpretaciones por parte de los operadores jurídicos, buscando una disminución en los errores de imputación, definición de la conducta y disminución en los altos porcentajes de impunidad sobre esta conducta.   La dimensión del delito   De acuerdo con ganaderos consultados, el abigeato es una actividad que afecta a todas las regiones del territorio colombiano. No hay un productor ganadero al que no le preocupe la incidencia de este flagelo.   Según la Unidad Investigativa Contra el Abigeato de la Dirección de Carabineros de la Policía Nacional, DICAR, entre el 1ro de enero y el 25 de septiembre de 2017 se han registrado 1.380 casos de robo de ganado en todo el país. En igual período de 2016 el número de casos se elevó a 1.660 casos.  (Lea: Así enfrenta la Policía el abigeato)   Pese a esto, son continuas las quejas de ganaderos de todas partes del país que consideran que esta actividad esta disparada, siendo los departamentos más azotados, Cesar, Casanare, Meta, Tolima, y Sucre. En Cundinamarca-Boyacá, en donde por el tipo de ganado –lechería especializada- los delincuentes cometen más delitos, y en los llanos orientales, en donde por ser ganadería de carne, los delincuentes las hurtan para llevarlas a mataderos, algunos de los cuales son legales.  Se avanza en la legislación   Roberto Bruce Becerra, director jurídico de la Federación Colombiana de Ganaderos, Fedegán, afirma que no existe una Ley de abigeato. “Lo que hay es una normatividad que está incluida en el Código Penal sobre el hurto -simple y agravado-“, argumenta.   “Es una situación que ha sido tratada dentro de las normas del hurto en Colombia, no como una conducta o un tipo penal autónomo”, dijo.   Explicó que hacia el año 2007 se hicieron unas modificaciones en el Código Penal que buscaron que el robo de ganado o abigeato, no tuviese beneficio de excarcelación ni tampoco, que la pena que se impusiera se pudiese pagar con prisión domiciliaria, es decir, se buscó que fuera detención intramural.   “Luego la Corte Constitucional se pronunció y se fueron perdiendo los elementos que permitían que esta situación fuera así. A lo largo de la historia y una de las mayores críticas que ha existido, es la impunidad en el robo de ganado bovino”, expresó.(Lea: El abigeato se ha convertido en un delito sistemático en Colombia)   El proyecto de ley recoge la conducta del hurto de ganado denominándola, abigeato, con lo cual ya no estará inmerso en las normas generales sobre el hurto, indicó Bruce.   “Busca que se eviten las interpretaciones por parte de los operadores jurídicos, porque esas han generado más impunidad y el abigeato es una conducta que es recurrente en el campo colombiano”.   El delito de receptación   Otro gran problema relacionado con aspectos de la conducta del abigeato de ganado, es el delito de receptación, que se comete a través de establecimientos teóricamente formales en los que se realiza el sacrificio de ganado.   De acuerdo con Bruce, muchos establecimientos tienen doble horario. “Uno institucional y otro que es clandestino, que es donde muchas veces se sacrifica el ganado que ha sido hurtado, materia de abigeato”, informó.   El proyecto   El proyecto de ley propuesto modifica la Ley 599 de 2000. Fue presentado al Congreso de la República el 9 de agosto de 2016, y el 30 de mayo de 2017 fue aprobado en primer debate en la Comisión Primera del Senado, y 15 de junio en la Plenaria del Senado.   Define el abigeato como el robo de animales de cría, o cuatrerismo. “Dentro de estos animales, se distingue el ganado mayor, que comprende el ganado bovino, mular y equino y el menor, que es el porcino, caprino u ovino”, dice.   Tanto abigeo como abigeato proceden de la palabra latina abigere, que equivale a aguijar las bestias para que caminen. Es una especie de robo, pero se diferencia de este en que la cosa no se coge con la mano y se transporta a otro lugar, sino que la desvía y se la hace marchar a distinto destino con el objeto de aprovecharse de ella. (Lea: Así se castiga el abigeato en Latinoamérica)   Las denuncias de los ganaderos   La Federación Colombiana de Ganadero, Fedegán, ha venido alertando sobre el incremento en el número de casos que denuncian el robo de animales, muchas veces en grandes cantidades.   Señala la entidad gremial que pocas veces las autoridades logran recuperar los animales.   José Félix Lafaurie, presidente ejecutivo de Fedegán, afirma que el abigeato se está convirtiendo en el mayor azote de las regiones junto con las extorsiones.   “Si no se combate el delito de manera anticipada, en sus primeras manifestaciones, Colombia se va a ver inundada de bandas organizadas de criminales, que continuamente afectaran la seguridad y el patrimonio de quienes generan riqueza en el sector rural”, advirtió.   Las penas   El proyecto también contempla medidas encaminadas a penalizar el carneo de ganado. Esta es una modalidad que consiste en sacrificar ganado en predios para robar sus carnes. La iniciativa en mención crearía penas de prisión de 48 a 96 meses y multa de 25 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes para quien cometa este delito. (Lea:  Así afecta el carneo a los ganaderos de Tame)   En cuanto al abigeato agravado el proyecto propone aumentar las penas de una tercera parte a la mitad en los siguientes casos:   -Cuando se inserte, altere, suprima o falsifique fierros, marcas, señales u otros instrumentos o dispositivos utilizados para la identificación de las especies, que en el argot ganadero se denomina como “cachilapiar”.   -Se ejecute con violencia física o moral sobre las personas.   -Participe en el hecho un funcionario público quien, violando los deberes a su cargo o abusando de sus funciones, facilitare directa o indirectamente su comisión.-   -Aprovechando calamidad, infortunio o peligro común.   -Las especies sean transportadas en vehículo automotor.   -Cuando se presente sacrificio de las especies.