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Foto: Perulactea

economia

Ganaderos recibirán $25.000 por cabeza como apoyo de ganado transportado

por: - 31 de Diciembre 1969

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de $33.500 millones para apoyar el transporte de productos perecederos agrícolas y pecuarios en zonas diferentes al municipio de producción.

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de $33.500 millones para apoyar el transporte de productos perecederos agrícolas y pecuarios en zonas diferentes al municipio de producción.

Los pequeños y medianos productores que realicen transacciones comerciales de frutas, bovinos, aves de corral, tubérculos y plátanos, porcino, pescado y hortalizas serán beneficiarios del apoyo al transporte.

Así lo determinó el gobierno nacional a través de Resolución 000131 del 1 de junio de 2020, expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (Consulte la resolución aquí

En el caso de la ganadería, la medida establece que se considera pequeño al que tiene entre 1 y 50 cabezas y mediano de 51 a 100 cabezas.

El apoyo para el transporte de bovinos será de $6.257 millones de los cuales $4.380 millones serán para pequeños y $1.877 millones para medianos. De acuerdo con la resolución el subsidio será de $25.000 por cabeza, independiente del tamaño del productor. El monto máximo por beneficiario será de $2.500.000. (Lea: Elementos a tener en cuenta a la hora de transportar ganado)

Para aplicar al apoyo el aspirante deberá acreditar su condición de pequeño o mediano productor y la afectación para la comercialización de su producto agropecuario, mediante certificado expedido por las Secretarías de Agricultura Departamental o Municipal, o quien haga sus veces, y/o los administradores de las contribuciones parafiscales que corresponda al producto seleccionado al momento de la inscripción.

Este apoyo se otorga desde el 1 de junio, fecha en que se expidió la resolución, hasta el 30 septiembre de 2020, o hasta la fecha de agotamiento de los recursos disponibles para el efecto, lo que primero ocurra.

La Bolsa Mercantil de Colombia informará mediante publicación en su página de internet (www.bolsamercantil.com.co), el saldo y la disponibilidad progresiva de los recursos, así como la fecha de agotamiento de acuerdo a la presentación de las cuentas de cobro que cumplan con los requisitos establecidos. (Lea: ¿Qué debe tener un buen transporte para no generar estrés bovino?)

Las transacciones pueden ser realizadas de manera individual o través de asociaciones, organizaciones, cooperativas, entre otras entidades sin ánimo de lucro del sector agropecuario, que cumplan con los requisitos establecidos en la resolución, siempre y cuando haya transportado los productos a una distancia como mínimo de 40 kilómetros entre el municipio de producción y el centro de comercialización, y el medio de transporte utilizado no sea de propiedad de los productores y/o asociaciones, organizaciones, cooperativas, entre otras entidades sin ánimo de lucro del sector agropecuario, que sean beneficiarios.

Se tendrá que elegir un solo grupo de productos objeto del apoyo para aplicar a este programa por las transacciones comerciales que se realicen.

En el caso que los beneficiaros del apoyo sean personas jurídicas, el representante legal deberá certificar por escrito ante la Bolsa Mercantil de Colombia, las personas asociadas que participen en cada transacción comercial, con el fin de calcular el valor máximo a pagar en concordancia al número de productores individuales involucrados y a la categoría seleccionada. (Lea: Los riesgos de transportar ganado en Colombia)

En ningún caso la sumatoria total de los pagos por departamento deberá superar el 20 % del presupuesto asignado a cada grupo de productos.

En ningún caso se podrá reconocer el apoyo de transporte al productor que haya comercializado su producto por encima del valor establecido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de las Direcciones de Cadenas Agrícolas y Forestales, y Pecuarias, Pesqueras y acuícolas. Dichos valores serán publicados en la página web del Ministerio (wvw.minagricultura.gov.co), y serán actualizados de manera periódica el miércoles de cada semana por el término del presente programa.