El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, reglamentó los contingentes de importación para carne de bovino establecidos en el Acuerdo de Libre Comercio con Canadá para 2018. El ministro de agricultura, Juan Guillermo Zuluaga Perdomo, estableció mediante la Resolución 000410 del 4 de diciembre, los contingentes arancelarios de importación para carne bovina originaria de Canadá, señalados para el octavo año calendario de la entrada en vigencia del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia. Los Contingentes de importación son los siguientes: a) Dos mil ciento dieciocho (2.118) toneladas métricas de Cortes Finos. Para efectos de este contingente, "Carne Bovina de Calidad - Cortes Finos' significa cortes de carne con hueso o sin hueso, fresca, refrigerada o congelada, derivados de canales clasificados como "Canadá Prime, Canadá AAA, Canadá AA y Canadá A". Señala la norma que cuando se importe carne bovina de calidad, además de los requisitos del Capítulo Cuatro del Acuerdo (Procedimientos de Origen y Facilitación del Comercio), la autoridad competente de Colombia exigirá al importador que incluya información conforme a las exigencias de la Ley 914 de 2004, incluyendo los requisitos del etiquetado tales como el nombre del corte, la fecha de empaque, el nombre de la planta de proceso, el país de origen y el peso. b) Dos mil ciento dieciocho (2.118) toneladas métricas de Cortes Industriales. c) Dos mil ciento dieciocho (2.118) toneladas métricas de Despojos y Vísceras Comestibles. Entre los tres contingentes, Colombia podría importar de Canadá, 6.354 toneladas métricas. También señala la norma que en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo, los contingentes de importación de carne de bovino se asignarán en cantidades de embarques comercialmente viables correspondientes a un volumen mínimo de veinticinco (25) toneladas métricas. Y que es estos contingentes se distribuirán a prorrata entre los peticionarios, teniendo en cuenta la cantidad solicitada, y que en el evento en que se presente un solo peticionario al interior de cada contingente y solicite el 100% del volumen a distribuir, el MADR le asignará lo solicitado.