Con el artículo 146 declarado inexequible por la Corte Constitucional –había sido incluido por el Congreso–, a la JEP le corresponderá definir si un delito sexual fue “cometido por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado”, y solo en caso contrario pasará a la justicia ordinaria. Yo me pregunto ¿a qué cínico malabar apelarán los magistrados para justificar que la violación de una niña de 11 años tenga relación con el conflicto? No obstante, las reacciones a una posible objeción no se hicieron esperar. En tono de chantaje, un “confidencial” de Semana advirtió de “choque de trenes” y “venganza” de la Corte con el hundimiento de proyectos, incluida la Ley de Financiamiento; como si el desacuerdo entre poderes fuera una pelea de truhanes. La verdad, no comparto muchas de sus decisiones, pero tengo mejor opinión de la Corte. Para Ariel Ávila es un “saboteo” del Gobierno y su partido a la JEP, dizque para proteger bandidos y ocultar verdades. Al senador Barreras le parece que el Gobierno quiere “lastimar a la JEP”; para Angélica Lozano sería una torpeza y Luis Felipe Henao llegó a calificar al gobierno de “bipolar”. En una entrevista le preguntaron al magistrado Linares sobre las razones del fallo y la respuesta fue sorprendente; era un asunto “formal”: Si alguien se presentaba a la JEP no podía ser condenado sino con las penas de la JEP, que el Congreso no podía cambiar. La periodista pregunta de quién es la culpa entonces, y Linares responde: del gobierno Santos y las Farc, que así negociaron. Lo sensato habría sido que los delitos sexuales –todos– fueran excluidos de la JEP, pero era inmenso el rabo de paja de los cabecillas, que abusaron de mujeres de todas las edades. Por eso los incluyeron como “no amnistiables”, para pagar por ellos sembrado hortalizas. Indignado, leí muchos de los testimonios de las víctimas antes de escribir estas líneas. Indignado consulté cifras, de miles de casos, y reseño aquí las de la Fiscalía (2016), con 232 documentados de delitos sexuales de las Farc contra menores, incluidas 214 niñas víctimas de violación, aborto y otras infamias. Más indignado leí las reacciones de las Farc: “La organización desarrolló una política de respeto e inclusión de la mujer”, y las de la señora Sandino afirmando que “las mujeres ingresaron a la insurgencia por voluntad propia” y que “Nosotras aprendimos en colectivo a tener una relación libre, que la mujer decidía sobre su cuerpo…”. ¡Para creerles! El Gobierno tendría más razones para objetar la ley, pero la más sensible, sin duda, es que a los delitos sexuales contra menores se les apliquen las penas de mentiras de la JEP. El artículo 146 obedecía al clamor de un país horrorizado por la violencia contra los niños. La violación y asesinato de la niña Samboní, y la sentencia de 58 años a Uribe Noguera, están frescos en la memoria de los colombianos, pero la Corte no interpretó ese sentir nacional y, además, se apartó de la Convención de los Derechos del Niño, un compromiso internacional que hace parte del bloque de constitucionalidad. El presidente Duque ha mostrado aplomo y entereza en la defensa de sus convicciones. No se dejará chantajear por la revista Semana, porque él, como la mayoría de los colombianos, sabrá proteger los derechos de los niños sobre cualquier formalidad.
Violencia sexual fariana: ¡impunidad!
Por José Félix Lafaurie Rivera - 15 de Febrero 2019
El presidente Duque tiene para su firma la Ley Estatutaria de la JEP, sobre la cual, según declaraciones de la ministra del Interior, el Gobierno podría ejercer la potestad de objetarla por inconveniencia.