La ley antes que reconocer e incorporar la experiencia y los logros del sector privado, privilegia lo público y no resuelve los cuellos de botella que hoy se tienen. El 29 de diciembre de 2017 y cumpliendo con lo acordado en La Habana, se expidió la Ley 1876 que crea y pone en marcha el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria – SNIA, además de crear el servicio público de extensión y otras herramientas dirigidas a mejorar la productividad, competitividad y sostenibilidad del sector agropecuario. De acuerdo con la ley, el SNIA estará conformado por tres (3) subsistemas: Investigación y desarrollo tecnológico, Extensión y Formación y capacitación. Es destacable que se busque articular estos componentes que son los pilares fundamentales para la innovación. Como espacios de articulación se contará a nivel nacional con el Consejo Superior del SNIA; a nivel departamental funcionarán los Codecti, los Consea y las mesas de Ciencia, Tecnología e Innovación, creadas por las Comisiones Regionales de Competitividad; a nivel local operarán los Consejos Municipales de Desarrollo Rural. Está previsto también crear redes de innovación y sistemas territoriales de innovación, que constituyen herramientas valiosas, pero que en esta maraña burocrática de consejos, mesas y comisiones no tendrán el espacio para funcionar de la manera ágil y flexible como requieren. Se establece que el marco orientador de la política está constituido por el Plan Estratégico de Ciencia, Tecnología e Innovación Agropecuaria – PECTIA. Quienes hemos leído este documento, tenemos claro que no incluye una visión nacional y de largo plazo para el sector, elemento indispensable para orientar en debida forma las acciones que se desplieguen a nivel regional y local, y sin el cual, todo lo que se lleve a cabo seguirá estando desarticulado y viciado por el cortoplacismo de siempre. La prestación del servicio de extensión causará una tasa retributiva que tendrá que ser cancelada por los usuarios; para ciertos tipos de beneficiarios se establece que la tarifa de la tasa deberá ser subsidiada, en forma diferencial, temporal y decreciente en el tiempo. En la práctica, habrá que ver qué tantos pequeños productores están dispuestos a pagar las tarifas establecidas y si la calidad del servicio prestado llena sus expectativas, para que continúen demandándolo en estas condiciones. Es claro el excesivo sesgo hacia lo público. La participación de los gremios, que han operado con éxito los servicios de extensión y que junto con el empresariado constituyen los verdaderos motores de innovación en el país, se reduce a ser un actor más entre los muchos que conforman los distintos entes. La ley contiene elementos conceptuales que seguramente muchos compartimos, pero la estructura y la forma como se piensa operar, antes que resolver, incrementa los cuellos de botella que hoy se tienen. Le corresponde al Gobierno Nacional demostrar, no con más normas, sino con resultados en campo, que esta ley sí logrará impactar la productividad, competitividad y sostenibilidad del sector agropecuario. De lo contrario, no solamente no podremos exportar carne y leche colombianas, sino que tampoco podremos competir con las importaciones crecientes originadas en los TLC ya suscritos. Se nos está agotando el tiempo y lo que se ve, es que como vamos, no vamos bien.
¿Ley 1876, la llave para la innovación agropecuaria?
Por Carlos Germán Osorio Neira - 20 de Febrero 2018
La ley antes que reconocer e incorporar la experiencia y los logros del sector privado, privilegia lo público y no resuelve los cuellos de botella que hoy se tienen.