Por lo anterior, en esta oportunidad, no puedo pasar de largo frente al inicua decisión adoptada por 5 magistrados de la Corte Constitucional, respecto de la demanda que presenté como apoderado de las comunidades indígenas que se han visto grave e irremediablemente afectadas por cuenta de la explotación de níquel en la mina que opera Cerro Matoso, en el departamento de Córdoba. Los voceros de la comunidad llevan años reclamando que se les garanticen sus derechos, aunque sus voces han sido sistemáticamente desoídas. De nada sirvieron los llamados y los ruegos de aquellos que no se oponen a que la multinacional BHP Billiton explote la mina, pero que piden que aquella operación se haga con ajuste a las normas ambientales. No se trata de un reclamo menor. Muchas personas han perdido sus vidas; otras han quedado con incapacidad permanente y padecido toda suerte de enfermedades. Al final del día, estamos hablando de cerca de 4.000 colombianos afectados que, a través de mi Firma de abogados, acudieron a la Corte Constitucional, buscando que se validaran sus derechos fundamentales y se les reparara el daño causado. Hace algunos meses, la Corte tuteló los derechos de nuestros compatriotas, ordenando, entre otros asuntos, que la minera estaba obligada a renovar su licencia ambiental y a reparar económicamente a las 8 comunidades étnicas afectadas por la explotación de níquel a cielo abierto y sin mayor control. Todos los daños a la salud están probados: el informe de Medicina Legal es incontrovertible. No es la primera vez que BHP Billiton es sancionada. Esa empresa, una de las más grandes del mundo en explotación minera, ha recibido 86 condenas en otros países, por afectación a la salud de las personas; 5, por daños medioambientales, y 1, por corrupción. Los antecedentes de esa multinacional permiten fácilmente obtener una conclusión sobre la catadura de la misma. El fallo contra Cerro Matoso se constituyó en un ícono jurisprudencial: era la primera vez en la historia de Colombia que la Corte Constitucional tutelaba los derechos de tantas personas vulnerables al mismo tiempo y hasta ese momento silenciadas por el poder omnímodo de una de las compañías más poderosas del planeta. Colombia daba ejemplo de protección a los derechos de sus connacionales. La poderosa empresa, en vez de aceptar su responsabilidad, se dio a la tarea de tumbar la sentencia, a través de una solicitud de nulidad, figura que no tenía cabida en este caso. La nulidad es una medida totalmente excepcional que, por supuesto, no procedía, toda vez que nunca le fue violado el Debido Proceso a la multinacional. No obstante, los magistrados de la Corte admitieron esa petición y empezaron a estudiarla, con el argumento peregrino de que la esa corporación no puede fijar indemnizaciones en abstracto a través de fallos de tutela, razón absolutamente falsa, pues hay antecedentes de la propia Corte Constitucional que desmienten los alegatos de los magistrados que se opusieron a que las víctimas de Cerro Matoso fueran reparadas por el brutal daño del que han sido objeto, como consecuencia de las malas prácticas de la empresa BHP Billiton en la explotación minera. Con sincero dolor, registré cómo la Corte Constitucional desvió el debate, concentrándose en un asunto pueril, como es el de los honorarios que recibiría mi Firma de abogados, honorarios que por demás estuve y sigo estando dispuesto a donarles a las comunidades afectadas. Mi preocupación es la salud y la vida de quienes habitan en las zonas aledañas a la mina, y, como abogado, pero sobre todo como ciudadano colombiano, me imaginé –equivocadamente– que la Corte compartía esa misma preocupación. Yo tengo mi vida resuelta; pero los indígenas y afrodescendientes que sufren día a día los estragos de la explotación en Cerro Matoso, no. Este no es un asunto de dinero, sino de derechos fundamentales, los cuales fueron brutalmente desconocidos por 5 magistrados de la Corte Constitucional, que cargarán para el resto de sus vidas con el peso de no haber inclinado la balanza de la justicia hacia las víctimas, porque, por rencor hacia mí y por quién sabe qué otros motivos, prefirieron hacerlo a favor de los victimarios. Este tema no ha culminado. Mi compromiso con las comunidades afectadas se mantiene incólume. Como en las instancias judiciales nacionales no hay garantías, acudiré ante los mecanismos internacionales, aunque tengo la plena certeza de que tarde o temprano aquellos cuyos derechos han sido menoscabados recibirán un espaldarazo de la justicia. El poder de BHP Billiton se hizo sentir en los pasillos de la Corte Constitucional, pero aquello no se repetirá en otras latitudes, donde el poder de la ley no permite seducción alguna. El litigio es una batalla en la que solo sobreviven los mejores guerreros. Episodios como el de Cerro Matoso refuerzan la tesis que siempre he compartido, en el sentido de que Colombia, para salir del atolladero en el que se encuentra, necesita urgentemente una reforma estructural y definitiva de su administración de justicia, que parta, como es natural, del establecimiento de una sola Corte, en la que se concentren las que hoy existen (tenemos 3), y eso no se logra concertándolo con los miembros de la Rama ni tampoco a través de una reforma en el Congreso. Que nadie se llame a engaños: sin una CONSTITUYENTE, para limpiar las inmundicias de las injusticias, no habrá futuro para esta patria adolorida. Abelardo De La Espriella: Es Abogado, Doctor Honoris Causa en Derecho, Máster en Derecho, Especialista en Derecho Penal y Especialista en Derecho Administrativo. En 2002 fundó la firma, DE LA ESPRIELLA Lawyers Enterprise Consultorías y Servicios Legales Especializados, de la que es su Director General. Es árbitro de la lista A de la Cámara de Comercio de Bogotá. Ha sido apoderado de los procesos jurídicos más importante de la última década. abdelaespriella@lawyersenterprise.com