análisis de la UN sobre reforma pensional
Foto: laud.udistrital.edu.coLa reforma pensional que sancionará el presidente no cumple con el propósito para el cual se diseñó.

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Nuevas críticas a la reforma pensional que hoy sanciona el presidente

Por CONtexto ganadero - 16 de Julio 2024

La reforma pensional que sancionará el presidente no cumple con el propósito para el cual se diseñó.

La reforma pensional que sancionará el presidente Petro no cumple con el objetivo que se persigue de una mayor cobertura y de beneficios para ciertos segmentos de la población.


La reforma pensional aprobada en Senado y Cámara y que es un show mediático invitando a personas de la tercera edad, va a sancionar este 16 de julio el presidente Gustavo Petro, es una reforma que no se corresponde con un gobierno que dice llamarse progresista.

Con esta frase, los profesores asociados de la Universidad Nacional, Nohora Gracía y Orlando Acosta, hacen un análisis de esta reforma que todavía podría caerse cuando la Corte Constitucional haga el respectivo estudio. De acuerdos con los docentes, esta reforma impacta los beneficios de los afiliados mientras genera mayores ventajas para las administradoras de fondos de pensiones (AFP) y para las aseguradoras que antes no ostentaban, beneficios que pueden ascender en total a $6 billones anuales para estos dos sectores financieros.

La renta vitalicia de $223.000 del piso de protección social es el aspecto central de la reforma que genera un beneficio para cierta población, el cual se hubiese podido crear sin hacer la reforma. Se trata de un subsidio antes que una pensión. De manera que la cobertura del sistema pensional realmente no se amplía.

Además de presentar otras limitaciones, es una reforma que por su alta complejidad operativa generaría serias dificultades en su implementación y un alto nivel de litigiosidad (demandas en el sistema), a lo cual hay que sumar los vicios que presentó su trámite en el Congreso.

Retomando el tema de los beneficios para las AFP, los docentes explican que actualmente la tasa anual de comisión cobrada por las Administradoras sobre aportes que sería equivalente a una tasa sobre promedio de recursos administrados ha sido de $1.3 billones en 2022 (0,38 %) y $1.2 billones en 2023 (0,32 %). El valor de las comisiones que cobrarían las AFP del 0.7 % sobre los saldos administrados, definidas en la reforma, correspondería a cerca del doble de la comisión actual percibida, un monto aproximado de $2.9 billones. (Lea en CONtexto ganadero: “La reforma pensional merece una reflexión más profunda para la población campesina”: ANIF)

Así mismo, señalan, se cobrarán dos comisiones adicionales: 2 % sobre rendimientos y la comisión sobre los nuevos saldos acumulados en las cuentas de quienes con la reforma deben llevar recursos superiores al umbral de 2,3 smmlv al esquema privado de capitalización. Por estas nuevas comisiones las AFP obtendrían ingresos adicionales de alrededor de un billón de pesos al inicio de la implementación de la reforma y este monto se iría incrementando en el tiempo.

Dado lo anterior, al aplicar una comisión sobre rendimientos, incluyendo los saldos de capital, el incremento en el pago total de comisiones se estima en el orden del 300 % frente a lo actualmente establecido. Las altas comisiones generan efectos negativos sobre la acumulación y finalmente sobre las pensiones que puedan obtener los afiliados. Se estima que, con las comisiones planteadas en la reforma, la reducción en los saldos ahorrados para pensión sería alrededor del 12 %.


Deterioro de Colpensiones


La reforma también genera nuevos beneficios para las aseguradoras que antes no tenían. La población afiliada cotizante es asegurada a través de los seguros previsionales para los riesgos de invalidez y muerte. En el régimen de ahorro individual, estos riesgos están totalmente a cargo de las aseguradoras a través del descuento que se hace sobre las cotizaciones (entre 1 % - 2,3 % del Ingreso Base de Cotización -IBC) de los afiliados y los recursos acumulados para financiar la pensión.

Igualmente propone un esquema de seguros previsionales en el que el pago de las pensiones de invalidez y muerte que reconocerá el seguro previsional solo será en función de una renta temporal hasta que el pensionado cumpla la edad de la pensión de vejez (57 años mujer, 62 hombre). De allí en adelante, tal pago quedaría a cargo de Colpensiones, asumiendo el Estado colombiano los riesgos de extralongevidad al tener que pagar estas pensiones. De acuerdo con las estimaciones hechas, Colpensiones asumiría más del 80 % del valor de tales pagos. (Lea en CONtexto ganadero: Reforma pensional: ¿Se equivoca Anif o se equivoca el gobierno?)

Respecto a las aseguradoras, se encuentra que sus ingresos estimados pasarían de $3 billones en 2026 a $200 billones en 2050. Para el mismo periodo de estimación, las utilidades anuales promedio que obtendrían las aseguradoras estaría por encima de $3 billones.

La reforma es principalmente un mecanismo de reducción y de aplanamiento de las pensiones promediándolas al salario mínimo. Ni se diversifica el riesgo; ni el Estado, ni los afiliados se benefician. Por el contrario, se garantizan elevados excedentes financieros para las AFP y las aseguradoras.

Otro de los aspectos que destacan es que actualmente la tasa de reemplazo en Colpensiones es del 65 % y con la reforma a partir del umbral definido (2.3 smmlv) disminuye en un 13 % para una persona con tres smmlv que cotiza en esta entidad. Así las cosas, las tasas de reemplazo serán inferiores al 45% establecido como el porcentaje mínimo de pensión por la Organizacional Internacional del Trabajo en el Convenio 128 de 1967 e incluso están lejos de las tasas de reemplazo del actual sistema de régimen de prima media.

Igualmente, recuerdan que en el pilar semicontributivo que corresponde aproximadamente al 70 % de los afiliados que no alcanza a cumplir requisitos para acceder a la pensión se aumenta la edad para obtener un ingreso vitalicio en mujeres a 60 años y hombres a 65 años, cuando actualmente se tiene el derecho a la devolución de saldos a los 57 y 62 años respectivamente. Igual aumento de edad ocurre para el pilar solidario frente a lo que actualmente se tiene en Colombia Mayor y en el esquema de Beneficios Económicos Periódicos.

En el trámite del proyecto no se permitió su discusión en la Cámara de Representantes constituyéndose en una elusión del debate, desconociendo el esquema parlamentario bicameral que prevé la discusión y la posibilidad de la modificación de texto de una y otra cámara. (Lea en CONtexto ganadero: Se revive la preocupación por contenido de la reforma pensional)

Como no hubo discusión, temas centrales como la especificación de las fuentes de ingresos por las comisiones para las AFP, el aumento de gasto que implica la reforma por el piso de protección social y ciertas disposiciones del articulado como reducción de semanas, los beneficios para protección de la población campesina y étnica, la pensión anticipada de vejez por invalidez, entre muchos otros aspectos fueron pasados por alto por lo que es posible que no pase el examen de la Corte Constitucional.


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