Aunque resulte repetitivo, me veo en la penosa necesidad de volver sobre un tema que se ha vuelto recurrente: la sostenibilidad fiscal. Cursa en el Congreso de la República en este momento, y está a punto de aprobarse, el Proyecto de ley 139 Senado, el cual se propone desarrollar el artículo 334 de la Constitución Política, el cual a su vez fue reformado recientemente mediante el Acto legislativo 03 de 2011 para introducir el “criterio” de la Sostenibilidad fiscal y el “Incidente de impacto fiscal” para hacerlo valer.
Recordemos que la pretensión inicial del Gobierno fue la de establecer la Sostenibilidad fiscal como principio constitucional y ante el rechazo que tuvo tal propuesta, por ir en contravía del Estado Social de Derecho, quintaesencia de la constitución que nos rige, terminó transándose por lo pronto en consagrarla como “criterio”.
Ya habíamos advertido sobre la amenaza que se cernía con esta reforma de la Carta, hermana gemela de la malhadada reforma del régimen de regalías a través del Acto legislativo 05 de 2011. (Columna: El empleo y el crecimiento)
El Proyecto es categórico en que el recurso del “incidente de impacto fiscal” procederá “respecto de todas las providencias de las máximas corporaciones judiciales, incluidas las de tutela”. Con este mecanismo se invierte la carga de la prueba; hasta ahora es el Gobierno el que ha tenido que comparecer ante las altas cortes, especialmente ante la Corte Constitucional, para mostrar y demostrar su acatamiento a sus fallos y autos, en adelante serán las altas cortes las que tendrán que hacerlo con respecto al acatamiento y aplicabilidad fiscal de sus providencias.
La verdad sea dicha, lo que busca el Gobierno con esta medida es impedir que se puedan proferir fallos como el de Tutela de la Corte Constitucional que obligó al Gobierno a unificar POS del régimen subsidiado con el del régimen contributivo, lo que era de elemental justicia, o la sentencia de la misma Corte que obligó al Gobierno a apropiar los recursos en el Presupuesto General de la Nación para prestarle la debida atención a la población desplazada, al considerar que al no contemplarlos el dantesco cuadro de abandono de la misma constituía “un estado de cosas inconstitucional”. De prosperar esta iniciativa y sobre todo la proposición in comento, este tipo de fallos serán cosa del post pretérito pasado y se entronizará irremediablemente una abominable y abominada dictadura fiscal. (Columna: El horóscopo del TLC)
Pero, como dice una de las leyes de Murphy, todo aquello que anda mal es susceptible de empeorar. Y este es el caso, a la amenaza para el goce efectivo de los derechos fundamentales que de por sí entraña la Sostenibilidad fiscal y toda su utilería, ahora que se tramita esta Ley le colgaron en la plenaria del Senado un articulejo que los haría nugatorio. Según este será el Ministro de Hacienda, y no los jueces y magistrados, quien tendrá la última palabra al momento de decidir sobre el cumplimiento de los fallos y sentencias que ellos profieran.
Así las cosas, el poder judicial quedaría convertido en apéndice del ejecutivo, con grave quebrantamiento del Estado Social de Derecho, que es la médula espinal de nuestra Constitución Política, la que hace de ella una Constitución garantista de la que tanto nos preciamos. A los promotores de semejante esperpento los invitamos a que miren lo que está pasando en la Unión Europea, a dónde ha conducido la aplicación de esta receta neoliberal, promovida allá por la Primera Ministra británica Ángela Merkel férula en mano. (Columna: El vaso medio lleno o medio vacío)
Las políticas austericidas, basadas en la doctrina Merkel, la han sumido en una recesión tremenda y los estragos sociales que ha causado la repulsa y la indignación de sus ciudadanos. Por este camino, las calificadoras de riesgo seguirán mejorándole la calificación de su deuda a Colombia, al fin y al cabo ellas fungen de cancerveras del gran capital, pero Colombia seguirá pasando por la vergüenza de ser uno de los países con mayor desigualdad en el mundo y el primero en Latinoamérica.